REVISTA IIDH Instituto Interamericano de Derechos Humanos Institut Inter-Américain des Droits de l’Homme Instituto Interamericano de Direitos Humanos Inter-American Institute of Human Rights © 1995, IIDH. INSTITUTO INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS Revista 341.481 Revista IIDH/Instituto Interamericano de Derechos Humanos.-Nº1 (Enero/junio 1985) -San José, C. R.: El Instituto, 1985- v.; 23 cm. Semestral ISSN 1015-5074 1. Derechos humanos-Publicaciones periódicas Las opiniones expuestas en los trabajos publicados en esta Revista son de exclusiva responsabilidad de sus autores y no corresponden necesariamente con las del IIDH o las de sus donantes. Esta revista no puede ser reproducida en todo o en parte, salvo permiso escrito de los editores. Diagramado y montaje electrónico de artes finales: Unidad de Información del IIDH. Impresión litográfica: Imprenta y Litografía Segura Hermanos. La Revista IIDH acogerá artículos inéditos en el campo de las ciencias jurídicas y sociales, que hagan énfasis en la temática de los derechos humanos. Los artículos deberán dirigirse a: Editores Revista IIDH; Instituto Interamericano de Derechos Humanos; A. P. 10.081-1000 San José, Costa Rica. Se solicita atender a las normas siguientes: 1. Se entregará un original y una copia escritos a doble espacio, dentro de un máximo de 45 cuartillas tamaño carta. El envío deberá acompañarse con disquetes de computador, indicando el sistema y el programa en que fue elaborado. 2. Las citas deberán seguir el siguiente formato: apellidos y nombre del autor o compilador; título de la obra (en letra cursiva); volumen, tomo; editor; lugar y fecha de publicación; número de página citada. Para artículos de revistas: apellidos y nombre del autor, título del artículo (entre comillas); nombre de la revista (en letra cursiva); volumen, tomo; editor; lugar y fecha de publicación; número de página citada. 3. La bibliografía seguirá las normas citadas y estará ordenada alfabéticamente, según los apellidos de los autores. 4. Un resumen de una página tamaño carta, acompañará a todo trabajo sometido. 5. En una hoja aparte, el autor indicará los datos que permitan su fácil localización (Nº fax, teléf., dirección postal y correo electrónico). Además incluirá un breve resumen de sus datos académicos y profesionales. 6. Se aceptará para su consideración todos los textos, pero no habrá compromiso para su devolución ni a mantener correspondencia sobre los mismos. La Revista IIDH es publicada semestralmente. El precio anual es de US$36,00. El precio del número suelto es de US$17,00. Estos precios incluyen el costo de envío por correo regular. Todos los pagos deben de ser hechos en cheques de bancos norteamericanos o giros postales, a nombre del Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Residentes en Costa Rica pueden utilizar cheques locales en dólares. Se requiere el pago previo para cualquier envío. Dirigir todas las órdenes de suscripción a la Unidad de Información del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, A. P. 10.081-1000 San José, Costa Rica. Las Instituciones Académicas, interesadas en adquirir la Revista IIDH, mediante canje de sus propias publicaciones pueden escribir a la Unidad de Información del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, A. P. 10.081-1000 San José, Costa Rica. ÍNDICE Presentación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9 PARTICIPACIÓN POLÍTICA. ASPECTOS GENERALES Participación política y derechos humanos . . . . . . . . . .15 José Enrique Molina Vega Carmen Pérez Baralt Participación, democracia y derechos humanos. Un enfoque a partir de los dilemas de América Latina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .79 José Thompson Participación política en la democracia actual: crisis de los paradigmas modernos y búsqueda de alternativas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .105 Adriana Murillo Ruin La participación política frente a los sistemas de justicia: de lo constitucional a lo electoral . . . . . . .149 José de Jesús Orozco PARTICIPACIÓN POLÍTICA Y SOCIEDAD CIVIL La problemática del ejercicio pleno de la ciudadanía en situaciones de marginación, desempleo y pobreza. Necesidad de una democratización de la democracia para garantizar la efectiva participación política de todos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .165 Liliana Giorgis Revista IIDH6 [Vol. 34-35 A concretização-efetividade dos direitos sociais, economicos e culturais como elemento constitutivo fundamental para a cidadania no Brasil . . . . . . . . . . . .211 Milena Petters Melo Para empezar el siglo XXI. Un diagnóstico sobre la participación política de la sociedad civil en México . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .243 Marisol López Menéndez PARTICIPACIÓN POLÍTICA, SITUACIONES ESPECIALES Y GRUPOS MARGINADOS Restricciones a la democracia local en municipios con presencia de grupos alzados en armas en Colombia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .279 Fredy Preciado Derecho Internacional Humanitario: ¿teoría o realidad? Algunos resultados regionales del ejercicio de la diplomacia humanitaria . . . . . . . . . . . .329 Tathiana Flores Acuña El monopolio de los partidos políticos y los derechos de los pueblos indígenas de Bolivia . . . . . . .351 José Antonio Álvarez Melgar El sistema axiológico de la CEDAW como parámetro de control constitucional en la formulación e implementación de leyes y políticas públicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .417 Guiselle Molina Subirós Análisis de la participación política de lesbianas y gays en Paraguay . . . . . . . . . . . . . . . . .483 Rosa María Posa 7Participación Política2001-2002] PARTIDOS POLÍTICOS, FINANCIAMIENTO Y VERIFICACIÓN ELECTORAL Dinero y política: la cuadratura del círculo de la democracia en América Latina . . . . . . . . . . . . . . . . . . .521 Jorge Mario García Laguardia Observación electoral, balance y perspectivas . . . . . . .551 Rafael Roncagliolo PRESENTACIÓN El Instituto Interamericano de Derechos Humanos se complace en presentar el número 34-35 de su Revista IIDH, tercer número especial consecutivo y especializado, en esta oportunidad, en el tema de la participación política. En este ejemplar incluimos trabajos de investigación desarrollados por participantes del XIX Curso Interdisciplinario en Derechos Humanos, cuyo programa giró en torno a los temas y dilemas de este conjunto de derechos en la realidad americana actual. Se incorporan, igualmente, investigaciones realizadas por consultores externos del Instituto y ponencias de algunos de los profesores del Curso. Para el IIDH la escogencia de la participación política como uno de los ejes de derechos que constituyen la prioridad de su acción académica tiene un significado profundo. Esto no solo se debe a que uno de sus Departamentos operativos, el Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL) tiene por mandato la promoción de la democracia y por énfasis la cercanía con los Organismos Electorales del Continente, sino porque, en la concepción de este Instituto, la participación política es una noción compleja que involucra diversas facetas, como se plasma en el concepto de ella como “toda actividad de los miembros de una comunidad derivada de su derecho a decidir sobre el sistema de gobierno, elegir representantes políticos, ser elegidos y ejercer cargos de representación, participar en la definición y elaboración de normas y políticas Revista IIDH10 [Vol. 34-35 públicas y controlar el ejercicio de las funciones públicas encomendadas a sus representantes”*. En este sentido, la participación política reclama el ejercicio de derechos humanos antes, durante y después de un proceso electoral específico, abarcando una diversidad de ámbitos que requieren investigación y profundización. En esta línea se orienta la publicación que ahora ve la luz. Esta Revista se estructura en cuatro secciones. La primera, sobre aspectos generales de la participación política, reúne aportes de José Enrique Molina Vega y Carmen Pérez Baralt, consultores del IIDH, en un desarrollo sobre cuestiones fundamentales inherentes a la participación política y derechos humanos, que brinda un marco referencial vital para entender otras especificidades del tema. Por su parte, la perspectiva sobre participación, democracia y derechos humanos en relación con los dilemas de América Latina, desarrollada por José Thompson, Director Académico de ese Curso y de CAPEL, busca ahondar en las implicaciones que estas interrelaciones traen consigo. Adriana Murillo, participante del Curso, elabora un estudio concienzudo que presenta la actual crisis de los paradigmas modernos respecto de la participación política en la democracia actual, dejando planteadas algunas opciones de salida. Como parte de una preocupación vital, la primera sección cierra con el trabajo de José de Jesús Orozco, Magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México, quien nos ofrece una panorámica clara sobre los aspectos de protección jurídica y los mecanismos apropiados para que la participación política pueda discurrir entre lo que debería entenderse como justicia constitucional o justicia electoral, una frontera cuyos límites no siempre están claros. * Definición acuñada por el IIDH para efectos del XIX Curso Interdisciplinario en Derechos Humanos 11Participación Política2001-2002] Una de las principales preocupaciones con el tema de la participación política es la incidencia que sobre este aspecto tiene o debe tener la sociedad civil, por lo que se presenta una sección en este sentido que incluye los trabajos de las participantes Liliana Giorgis y Milena Peters Mello: “La problemática del ejercicio pleno de la ciudadanía en situaciones de marginación, desempleo y pobreza. Necesidad de una democratización de la democracia para garantizar la efectiva participación política de todos” y “A concretização - efectividade dos direitos sociais, economicos e culturais como elemento constitutivo fundamental para a cidadania no Brasil”, respectivamente. Marisol López, consultora, presenta un diagnóstico sobre la participación política de la sociedad civil en México, modelo de investigación cuyas metodologías y hallazgos son útiles para cualquiera de los países de nuestra región. La tercera sección, P a rticipación Política, Situaciones Especiales y Grupos Marginados, es una oportunidad para tratar las llamadas situaciones especiales, que es cuando deben buscarse acciones afirmativas y soluciones novedosas para poner a disposición de grupos en desventaja, nuevos instrumentos de participación política. La situación de las personas que se encuentran en presencia de grupos armados es tratada por el participante Fredy Preciado, quien nos hace un estudio contextual sobre la situación en Colombia. Rela- cionado con lo anterior, pero desde una óptica general del Derecho Internacional Humanitario, Tathiana Flores Acuña, funcionaria del Comité Internacional de la Cruz Roja Internacional, presenta algunos resultados regionales del ejercicio de la diplomacia humanitaria. Sobre los distintos grupos marginados, José A n t o n i o Álvarez ofrece un trabajo amplio en el que enfrenta el monopolio de los partidos políticos tradicionales vis a vis los derechos de los pueblos indígenas de Bolivia. La sociología de Revista IIDH12 [Vol. 34-35 la mujer es desarrollada por la participante Giselle Molina con su trabajo “El sistema axiológico de la CEDAW c o m o parámetro de control constitucional en la formulación e implementación de leyes y políticas públicas”. Finalmente, la participante Rosa María Posa, hace un estudio pionero sobre los grupos discriminados sexualmente con un análisis de la situación de lesbianas y gays en Paraguay en materia de participación política. La última sección trata de temas actuales que afectan por igual a todos nuestros países: el financiamiento de los partidos políticos y la verificación electoral. Jorge Mario García Laguardia, primer Director de CAPEL y ex Presidente de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala, nos deja planteadas grandes inquietudes con su investigación “Dinero y política: la cuadratura del círculo de la democracia en América Latina”, mientras que Rafael Roncagliolo, profesor del Curso, nos pone como lectura obligatoria su ponencia “Observación electoral, balance y perspectivas”. Esperamos que esta publicación especializada venga a llenar espacios fundamentales sobre un tema vital dentro del cambio de paradigmas que reclama la realidad americana. A la vez, la ofrecemos como un producto adicional del Curso Interdisciplinario, en la búsqueda constante por generar doctrina y compartirla de la manera más amplia posible, en cumplimiento del mandato académico de este Instituto. Confiamos en que será fuente de consulta para los interesados en esta materia y albergamos la esperanza de que inspire investigaciones adicionales para beneficio del crecimiento de la democracia y la participación en una parte del mundo que ha visto grandes luchas por lograr su recuperación y ahora requiere de constantes esfuerzos para su conservación. Roberto Cuéllar Director Ejecutivo PARTICIPACIÓN POLÍTICA, SITUACIONES ESPECIALES Y GRUPOS MARGINADOS EL MONOPOLIO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE BOLIVIA* José Antonio Álvarez Melgar** 1. Introducción 1.1.Objetivos del Trabajo Durante el período de la colonización española e instaurada la República, la participación del ciudadano en la adminis- tración de la cosa pública estuvo condicionada por varios factores: clase social, linaje o descendencia de sangre, situación económica, grado de instrucción educativa, que imposibilitaron e impidieron cualquier intención de trabaja- dores, mestizos pobres, mujeres, campesinos e indígenas de siquiera emitir su voto, menos pensar en postular a algún cargo público. Ana María Lema1 afirma que “históricamente, se ha admi- tido que el Estado, tanto en la época colonial como en la República del XIX y del XX, ha desarrollado mecanismos de exclusión (activa o pasiva) respecto a los grupos no domi- nantes y, en particular, a las poblaciones étnicas originarias”. * Los indígenas de tierras altas se autodefinen como originarios, mientras que los de tierras bajas, aceptan la denominación genérica de indígena. ** Abogado. Asesor jurídico de la ONG-Indígena Fundación Tierra. Encargado de dar asesoramiento y asistencia técnica a comunidades, pueblos indígenas y campesinos. Catedrático de Derechos Humanos en la Universidad Privada Santa Cruz. 1 Lema, Ana María, De la Huella al Impacto. La participación popular en municipios con población indígena , PIEB, La Paz Bolivia, 1991. Esta situación estuvo marcada en la época colonial y con mayor fuerza durante la vigencia del régimen republicano, de alzamientos armados de campesinos e indígenas que reivin- dicaban derechos ancestrales a sus tierras y territorios, libre determinación, respeto a su cultura y formas de organización comunal. La situación actual de las comunidades campesinas y los pueblos indígenas u originarios del país, a pesar de los avances incorporados en las leyes: Reforma Educativa (educación intercultural y bilingüe). Participación Popular (recono- cimiento de autoridades tradicionales, sujetos de la participación popular y personería jurídica) y Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria (reconocimiento de sus tierras comunitarias de origen), sigue siendo de exclusión en el marco de los derechos políticos reconocidos por el Pacto de San José de Costa Rica. En este sentido la investigación pretende: • Analizar la participación política de los pueblos y comunidades indígenas2 en el proceso electoral boliviano, a partir de recuperación de la democracia a fines de 1982. • Dar a conocer las formas de organización comunal social y político de los pueblos indígenas de Bolivia. • Identificar los problemas que obstaculizan o dificultan la participación política de los pueblos indígenas. • Proponer alternativas de posibles soluciones, que promuevan la participación política de los pueblos indígenas. 1.2. Metodología a utilizar El trabajo consistirá en una investigación bibliográfica descriptiva de la información referida al tema propuesta, que Revista IIDH352 [Vol. 34-35 2 Incluye la categoría de trabajadores productores del campo, comúnmente denominados campesinos. 353Participación Política2001-2002] incluye un análisis del comportamiento del movimiento indígena en las elecciones generales y municipales, una re- visión a las formas de organización social de las comunidades indígenas de la zona andina, como de tierras bajas y entrevista a dirigentes indígenas e informantes claves. 1.3. Justificación del tema a) Desde la creación de la República, el 6 de agosto de 1825 y a pesar de los decretos de Trujillo promulgados por el Libertador Simón Bolívar, las comunidades y pueblos indígenas y campesinos, han tenido que sufrir las restricciones de sus derechos y el avasallamiento de sus tierras. Diversas disposiciones constitucionales han deambulado entre el reconocimiento de derechos y las restricciones de los mismos. A pesar de ello, el movimiento indígena boliviano -sobre todo el de tierras altas- ha estado en permanente lucha con el Gobierno por mejorar sus condiciones de vida y la reconquista de sus derechos y tierras. No fue hasta la Revolución Sociopolítica de 1952 en que las organizaciones sociales volvieron a adquirir protagonismo; este movimiento se fundó en tres pilares: 1) El voto universal, igual para todos los ciudadanos, 2) La nacionalización de las minas y 3) La Reforma Agraria. Si bien es cierto, constituyó un verdadero avance en las conquistas sociales, falló en su implementación al no crear los mecanismos de participación ciudadana, industrialización de materias primas o tecnología en el campo, y a pesar del esfuerzo de los sindicatos de campesinos, mineros y fabriles, la situación del país no cambió y no se produjeron en esos sectores los efectos deseados. Sin embargo, la Constitución de 1961, en su artículo 45 ya recoge la prescripción del monopolio partidario, junto con la garantía de representación de minorías. Revista IIDH354 [Vol. 34-35 3 Territorialmente Bolivia se divide en 9 departamentos, 112 provincias, 315 secciones de provincias y 1380 cantones, art. 108 C.P.E. b) El restablecimiento del régimen democrático en Bolivia iniciado a fines del 1982, encontró al país en un caos total: instituciones destruidas, desconfianza en los partidos políticos, sociedad desarticulada, altos índices de analfabetismo, inflación galopante, opresores y oprimidos, blancos e indios. Los 18 años que llevamos de democracia, se pueden resumir en dos sentidos: 1) partidos políticos en pugna por alcanzar el poder y 2) sectores sociales luchando por alcanzar mejores condiciones de vida, que le permitan salir de la extrema pobreza. En este período, como en todo Latinoamérica, los diversos sectores sociales y económicos del país vienen procurando una serie de cambios en la legislación, sus instituciones, partidos políticos y formas de relacionamiento y participación ciudadana. Por la Reforma Constitucional de 1994, el Estado boliviano, por primera vez en su historia republicana reconoce que los 1.098.581 Km2 de superficie está integrado por más de 36 pueblos indígenas plenamente identificados, la mayoría de los cuales se encuentran ubicados en la zona del Chaco, Oriente y Amazonia del país, comprendiendo 5 departamento3 y una población aproximada de 4.100 millones de habitantes, representando cerca del 65% de la misma, de acuerdo a los datos del Censo de población y vivienda realizado en 1992. El artículo 1ero. de la Constitución Política del Estado Boliviano declara que Bolivia es “libre, independiente, soberana, multiétnica y pluricultural constituida en República unitaria, adopta para su gobierno la forma democrática representativa, fundada en la unión y la solidaridad de todos los bolivianos”. 355Participación Política2001-2002] 4 Las ciudades del eje son: La Paz, Cochabamba y Santa Cruz. El Estado se aceptó como una unidad en la diversidad, en otras palabras, asumió el respeto por la tolerancia y el ser diferente, el país era más que las ciudades del eje4 y mucho más que blancos, criollos y mestizos, eran áreas urbanas y rurales. Se dieron pasos importantes en materia de legislación para avanzar en la consolidación de la democracia. Se aprobaron las leyes de Reforma Educativa, de Participación Popular, de Descentralización Administrativa, Ley de Municipalidades, El Código Electoral, Ley de Partidos Políticos, Ley Forestal, Ley del Instituto Nacional de Reforma Agraria; ellas se refieren a la participación ciudadana, los órganos públicos, uso y aprove- chamiento de los recursos naturales, entre otros aspectos. Es este escenario propicio, se pensó en lo moderno de nuestro sistema y en lo avanzado de nuestras reformas legales, pero lo que no consideró, fue que nadie cambia por decreto o que la discriminación o la pobreza no se superan con leyes, hacía falta otro tipo de cambio más profundo, el cambio personal, el de actitud frente al otro diferente, el respeto, la valoración del ser. A pesar de que ninguna persona puede alegar desco- nocimiento de la ley desde que esta se publica, autoridades de gobierno, servidores públicos en todos los niveles y funcionarios del ramo judicial, actúan por omisión o comisión, menoscabando los derechos humanos, sobre todo, sociales, económicos y culturales de Pueblos y Comunidades Indígenas de nuestro país, desconociendo tratados multilaterales de promoción, defensa y protección de estos derechos mundialmente reconocidos. Muchos jueces y magistrados no hacen uso de los instrumentos internacionales al emitir sus fallos, otros que las conocen no las aplican, aduciendo la Revista IIDH356 [Vol. 34-35 5 La Ley 1551 de Participación Popular se aprobó el 20/04/94, incorpora a la vida jurídica, política y económica a comunidades campesinas, pueblos y comunidades indígenas, haciéndolos sujetos activos de la participación popular. 6 La Ley 1715 o Ley INRA, se aprobó el 18/10/96, luego de una marcha nacional por el territorio y los recursos naturales que protagonizaron campesinos e indígenas. inexistencia de leyes ratificatorias o reglamentarias para su aplicación. El sistema político boliviano no ha establecido con claridad mecanismos de participación política en el ámbito local, departamental y nacional. Dicho de otra manera la democracia representativa y sus instituciones formales, todavía no han iniciado el transito hacia una democracia más directa y participativa, una que acerque el poder público al ciudadano, y en la que éste se sienta parte integrante o en la que exprese sus inquietudes y demandas. En este escenario la Ley de Participación Popular5 constituye un verdadero esfuerzo, pues pretende corregir las desigualdades y marginamientos históricos de las que han sido sujetos y objeto las clases más empobrecidas del país, especialmente en el área rural o la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria6 que garantiza los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y originarias sobre sus tierras; pero se sigue manipulando a la ley, incumpliendo sus preceptos y se sigue burlando los derechos del ciudadano, fomentando una administración pública politizada, partidizada y corrupta, que alienta posiciones extremadamente antidemocrática y racistas. c) A pesar de este panorama gris, sobre la base de la unión de intereses comunes, organizados desde las comunidades de base y en una combinación de diálogo y presión, los Pueblos y Comunidades Indígenas de Bolivia, han ido avanzando en la lucha por la reivindicación de sus derechos colectivos, amparados en los preceptos establecidos en el Convenio 169 de la OIT sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales, 357Participación Política2001-2002] permanentemente obstaculizados por los operadores públicos y de justicia. Los Pueblos Indígenas de Bolivia, vienen luchando por reivindicaciones económicas, políticas y sociales, como ser: 1) el saneamiento y titulación de sus territorios ancestralmente poseídos, 2) mayor participación política, 3) gestión autónoma de sus tierras y territorios, 4) el reconocimiento de sus prácticas culturales, formas de organización y derechos patrimoniales, entre los más importantes. Para ello a través de sus organi- zaciones han demandado mayor atención del Estado. Hasta ahora el Estado boliviano ha respondido de manera formal: estando vigente el régimen democrático, todos somos iguales ante la Ley y por lo tanto, tenemos los mismos derechos y obligaciones. En suma, de la forma en que está estructurado y definido el sistema político en el país, la mediación de los partidos políticos y su poca o escasa democratización, no permiten la participación de la gran mayoría de los ciudadanos en las esferas de representación, menos aún de las comunidades y pueblos indígenas y campesinos del país. 2. Democracia, Partidos Políticos y Pueblos Indígenas La democracia constituye una forma de gobierno, que por la dinámica de la sociedad y sus movimientos, resulta difícil de encasillarla en un molde o dentro de una definición única. Autores como Aristóteles, Santo Tomás de Aquino o Hamilton y Madison, ubicaron y utilizaron la palabra democracia en sentido peyorativo -régimen inicuo-. Fue Montesquieu el primero en reencontrar el sentido positivo del término al afirmar “cuando en la República, el poder soberano reside en el pueblo entero, es una democracia”. Revista IIDH358 [Vol. 34-35 7 Dermizaky, P. Pablo, Derecho Constitucional (3era. Edición). Editorial Serrano, Cochabamba Bolivia. 1995, págs. 95-96. 8 En el presente trabajo nuestra atención está centrada en esta última, a la que le dedicaremos mayor análisis. 9 Al respecto Asbun sostiene que “aún frente a la posibilidad de una aldea global o sociedad virtual donde las computadoras permitan una participación directa del ciudadano, a lo sumo, ello podrá realizarse sobre determinado asuntos. En el sistema democrático moderno se pueden distinguir los siguientes caracteres: 1) Proceso electoral, libre, pluralista e informado, en el que participan dos o más opciones políticas reales, 2) Ordenamiento jurídico, que limita el poder del gobierno; este ordenamiento conlleva sanciones, políticas, penales, civiles para los gobernantes que se exceden en sus atribuciones, 3) Respeto a los derechos, contenidos en el reconocimiento de los derechos humanos en declaraciones, convenios y constituciones y 4) Separación de poderes, pilar básico del sistema democrático; la democracia es incompatible con el gobierno absoluto, cualquiera sea su titular7. En base al modo en que la ciudadanía participativa en la toma de decisiones públicas o en la elección de los gobernantes, es posible distinguir tres formas de democracia: directa, semi-directa e indirecta8. 2.1. Democracia Directa Debemos ubicar esta forma en la época antigua. En las ciudades estados de Grecia y Roma, la intervención permanente y continua de todos los ciudadanos en la toma de decisiones políticas fue posible a través de las asambleas o ekklesias que se reunían en las plazas o ágoras, para debatir en conjunto los asuntos públicos y tomar las decisiones mediante aclamación. Sin embargo debemos señalar que esta forma de democracia resulta bastante irreal, no sólo por la imposibilidad de lograr la participación continua del ciudadano en las tareas de gobierno, sino por la complejidad que hoy tienen las mismas9. 359Participación Política2001-2002] Asbun, Jorge, Derecho Constitucional General (3era. Edición). Universidad Privada de Santa Cruz. Santa Cruz Bolivia, 1999, p. 96. 10 El parlamento boliviano es bilateral: cámara de senadores 27 miembros y de diputados 130 miembros. 2.2. Democracia semi-directa Es la forma de democracia en la cual la población delega parte del ejercicio de su soberanía en los representantes públicos, mientras se reserva ciertos ámbitos para una participación directa a través de institutos de participación: Iniciativa popular, referéndum, plebiscito, veto popular o revocatoria, entre otros. 2.3. Democracia indirecta (representativa) Si bien es cierto que todos somos iguales ante la Ley y considerando que la población indígena en el país es mayoritaria, oscila entre el 60% y 70% del total estimado en el año 2001 en ocho millones de habitantes: ¿porqué el actual presidente no es indígena o campesino?, ¿porqué existe menos del 10% de las curules del parlamento nacional1 0 c o n representación de origen indígena? o ¿porqué la mayoría de los Alcaldes -315 en total- provienen de los partidos políticos y no de las organizaciones sociales, nos preguntamos continua- mente. El restableciendo de la democracia en 1982, esperada por todos, no tuvo en consideración la opinión y sentir de los habitantes del país, pues no se utilizó ningún mecanismo de consulta respecto al tipo de democracia que queríamos, instru- mentos, instituciones, niveles y formas de participación ciudadana. En su momento, el Estado boliviano y sus instrumentos, los partidos políticos, no supieron interpretar y traducir las aspiraciones y deseos de los trabajadores, campesinos e indígenas del país -mayoría en el país-, menos aún, incorporar formas de organización tradicional de las comunidades, en el nivel central, departamental y municipal. Revista IIDH360 [Vol. 34-35 11 Nuñez del Prado, José, Democracia, participación y desarrollo local en Bolivia. Asamblea del Secretario Rural, Mimeografiado, La Paz Bolivia, 1998, págs. 1 y 2. 12 Rojas O., Gonzalo, “Democracia en Bolivia. Hoy y mañana. Enraizando la democracia con las experiencias de los pueblos indígenas”, Cipca, La Paz Bolivia, 1994, pág. 21. La vida política en la mayoría de los países de Latinoa- mérica transcurre moldeada por un sistema político, electoral y de partidos, típico de las democracias formales representativas convencionales, en la que la intermediación política entre instancias estatales y sociedad no brinda cabida sino a forma- ciones político partidarias, donde ni en el plano municipal local está permitida la participación y representación directa de movimientos sociales diversos, y por lo que los politólogos reclaman despartidización de la política y politización de la sociedad11. Esta situación no es ajena al Estado boliviano. Para nadie es desconocido que el liberalismo devino en Democracia Liberal. El liberalismo está condensadamente descrito como una teoría y práctica del orden y la libertad, de una parte; mientras que la idea de democracia contiene la noción de multitud que deviene de pueblo, y consecuentemente, lleva al menos la posibilidad de disrupción, por la otra12. Aquí la idea de la democracia, deviene en una reacción contra el orden monárquico absolutista, y ésa es la razón por la cual permanece hasta hoy significando centralmente orden antiautoritario, o al menos, en sentido antitotalitario. El nuevo orden internacional e n construcción ha determinado -de alguna manera- que sólo sea legítimo el mantenimiento de formulas democráticas. La existencia de partidos políticos hace al principio repre- sentativo de la democracia. La representación del pueblo como fuente de todo poder político, solo es posible a través de la elección de representantes, para lo cual los partidos siguen siendo indispensables y aun excluyentes. A decir de los que apoyan los postulados de la democracia liberal, la experiencia 361Participación Política2001-2002] 13 Ver cuadro de población indígena latinoamericana, en Anexo 1. * Presidenta del Consejo Directivo del Instituto Interamericano de Derechos Humanos. histórica, hace difícil imaginar a otras instituciones que no sean los partidos políticos, en condiciones de ejercer la presentación de los intereses del pueblo eficazmente y en forma satis- factoria. Y agregan, la democracia moderna sólo pueden funcionar como democracia representativa. Ahora bien si esta situación es cierta, ¿cómo se interpreta el debilitamiento y la falta de representatividad de los gobiernos democráticos de la mayoría de los países de Latinoamérica?, ¿porqué existe marcado ausentismos de los ciudadanos en los procesos electoral?, ¿cómo se explica la escasa representación parlamentaria de campesinos e indígenas, mayoría poblacional en el continente13? o ¿cuál la explicación para el surgimiento de los movimientos étnico políticos de Ecuador y Bolivia, por ejemplo? Tal parece ser, que las democracias representativas y la intermediación que hacen los partidos políticos entre el Estado y los ciudadanos, está en franca crisis. A pesar de que el sistema democrático se caracteriza por un respeto de las liber- tades individuales, la representación popular de sus autoridades, la división de poderes, la intermediación de los partidos, está en la actualidad fuertemente cuestionada por la propia ciudadanía que no se ve reflejada en la estructura vertical, caudillista y poco participativa de estos últimos, amen de los problemas propios del sistema. Esta situación no hace otra cosa que ponernos a reflexionar sobre el sistema democrático en general y sobre la transición que debe operar -en nuestro juicio- en los albores del siglo XXI de una democracia representativa a una más participativa o por lo menos, menos indirecta, menos burocratizada, y más afín de las estructuras de organización tradicionales. Y no estamos hablando solo de elecciones. La democracia no la hacen las elecciones (como señaló Sonia Picado* en el discurso inau- Revista IIDH362 [Vol. 34-35 14 Rojas, “Democracia en Bolivia…”, p. 13. gural del XIX Curso Interdisciplinario de Derechos Humanos del IIDH). Lo constituye el estado de derecho, las libertades públicas, el orden social, la justicia, las elecciones libre y periódicos y el ejercicio de la participación política de los habitantes de un país o conglomerado social. En Bolivia, la práctica liberal, la preocupación por la libertad del individuo llegó a ser una cruzada contra las comunidades indígenas. Desde la independencia, los padres fundadores de la república intentaron liberar algunas de las obligaciones fiscales y sociales de los indígenas. Tan pronto como tales leyes fueron promulgadas, más temprano fue su incumplimiento y el consiguiente perjuicio de las comunidades originarias14. Por ejemplo, el despojo de las tierras comunales erosionó la capacidad de autosuficiencia de las comunidades, además al imponerse el pago de impuestos de manera individual y ya no comunalmente, las autoridades comunales ya no eran necesarias para efectos de recaudación y consecuentemente fueron retiradas en su reconocimiento por parte del Estado. En este afán de negar la identidad indígena en la década de los cincuenta en Bolivia, las coincidencias ideológicas que exceden los rótulos clásicos de liberales y republicanos o conservadores, desarrollaron la ideología social darwinista: como la población indígena carecía de derechos políticos hasta 1952 y era importante sostén del fisco, fue fácil -y necesario- para las elites racionalizar la condición social del indígena considerado legalmente como no-adulto. La identidad indígena, quiere decir una forma de vida basada en una concepción del mundo construida culturalmente. Por contraste con la concepción del libre mercado -de tierras y fuerza de trabajo- de los liberales bolivianos como único vehículo de progreso. 363Participación Política2001-2002] 15 Ponencia para el XIX Curso Interdisciplinario en Derechos Humanos del IIDH, 2001. En este sentido Ricardo Calla O.15 ilustraba sobre la estructura de las instituciones públicas bolivianas a saber: la forma de gobierno central, tiene su origen anglosajón- norteamericano, mientras que el prefecto y subprefecto, autoridades políticas con representación departamental y provincial, son de inspiración francesa; el nivel local, la figura del municipio (sección de provincia) y los cantones (última subdivisión territorial), tienen su raíz, en la España colonial. El tribunal constitucional, de ascendencia francesa, mientras que el recién creado Consejo de la Judicatura, tiene procedencia alemana o el ombusman, germen nórdico. La estructura político administrativo de las instituciones públicas bolivianas, había sido un mezcla de estructuras europeas, cuando Bolivia tiene rostro indígena. ¿No habrá formas de org a n i z a c i ó n comunal o tradicional que la modernidad del Estado boliviano no pueda rescatar, imitar, adecuar o transformar? 2.4. Los partidos políticos La existencia de los partidos políticos hace al principio representativo de la democracia. El aspecto destacado de la actividad y existencia política de un partido, es cooperar en la formación de la voluntad política, para lo cual se necesita contar con personas y estructuras, ideas, conductas y ejercer el poder en diferentes ámbitos. Etimológicamente la palabra partido proviene de la voz latina pars que significa parte o fracción. Partidos son la parte en que se divide la opinión pública, y particularmente la opinión ciudadana, con el objeto de trazar y ejecutar planes tendentes a la constitución de órganos de gobierno y a su funcionamiento. Históricamente los partidos políticos se desarrollaron de manera distinta en Europa que en la región sur de América Latina. Revista IIDH364 [Vol. 34-35 16 Según recoge el Diccionario Electoral (IIDH 2000, pp. 1185-1189) diversas tipologías como las de Duverger, Huntington o Apter, no resultan del todo satisfactorio, por lo que la tarea de combinar de modo apropiado las variables políticas y construir una teoría política de los sistemas que contengan al mismo tiempo generalidad y aplicación empírica está aún por realizarse. 17 Ibid., p. 974. 18 Guarín, Rafael, “El derecho a la participación y la democratización de los partidos políticos colombianos”. Mimeografiado. Trabajo de Postulación al XIX Curso Interdisciplinario de Derechos Humanos del IIDH. San José, Costa Rica. 2001, p. 2. Los partidos surgieron en estos últimos como facciones, como primera forma de solidaridad entre masas de gente protagonistas de revoluciones y guerras civiles, seguidas de sus líderes -caudillos- en alianza con grupos de notables o, en algunos casos, exclusivamente en la ultima forma, como asociaciones de personajes de relevancia de la incipiente sociedad. Sin embargo es necesario reconocer que cualquiera sea el sistema político16 -aquel espacio donde la gobernabilidad se realiza y en el que interactúan las fuerzas política- que adopta un Estado, los partidos políticos cumplen determinadas funciones en todos ellos, sin excepción17. Es indiscutible la importancia de los partidos políticos en la realización plena del derecho a la participación política. Con partidos desorganizados, cerrados, excluyentes, sin programas, presos de elites, dedicados sólo a la participación en elecciones, no es posible que se constituya en un canal válido para que los ciudadanos participen en la política, accedan, ejerzan y controlen el poder político, afirma Rafael Guarin18. En este contexto los partidos cumplen roles y funciones respecto a la sociedad y al ejercicio del poder. En el primer caso, los partidos articulan las demandas de la sociedad, facilitan la integración de los individuos, reclutan a sus adherentes por ideología, programa o proyecto, para lo cual pueden promover procesos de socialización y movilización, influyendo en la formación de la opinión pública. 365Participación Política2001-2002] 19 Diccionario Electoral…, págs. 974-978. 20 Rojas, “Democracia en Bolivia…”, p. 95. En el segundo aspecto, los partidos proponen programas y políticas para formar el gobierno; esta posibilidad implica que la selección de personal dirigencial, tiende a ser cada vez más una labor muy especializada y burocrática. El postularse al gobierno implica también la posibilidad de quedar en la oposición, situación que es dilucidada en las elecciones19. En este sentido, contribuye a un mejor perfil del partido político, la posibilidad de sus afiliados de participar activamente en los procesos de decisión sobre cuestiones técnicas, programas, candidatos y dirigentes. capacidad de redistribución por la vía del ejercicio del clientelismo, ya sea el ejercido en el modo tradicional, individual o del de tipo institucionalizado que atiende a los grupos. La ausencia de mecanismos de consulta y democratización interna llevaron a casi todos los partidos a acrecentar frente a la sociedad, la idea de que algunas elites solo se sirve de la política para alcanzar beneficios particulares. Es bueno tomar en cuenta para el caso boliviano, los estudios realizados por Jost sobre la apreciación de la sociedad boliviana respecto sus instituciones, en la que las organizaciones políticas y la policía, tienen los índices más bajos de credibilidad y confianza, ni que decir de la vocación para la política de la que nos hablaba Max Weber, que es exactamente la antítesis de la imagen que hoy tiene el ciudadano boliviano del político en funciones. Claro, el estudioso sabía que no todos los se dedican a la política tiene aquel perfil, están también los que viven de la política; pero los que viven para la política son “los imprescindibles”20. Sin duda Bolivia no es la excepción a estos compor- tamientos de las democracias latinoamericanas, por el contrario, y a pesar de los esfuerzos de la Ley de Participación Revista IIDH366 [Vol. 34-35 Popular, nuestro sistema constitucional rígido, no permite una apertura al ciudadano para que este pueda participar en la cosa pública en mejores condiciones dignas de su jerarquía por ser el depositario de la soberanía del Estado (CPE art. 2). Ante el descrédito generalizado de la llamada clase política, los partidos políticos desarrollan por obligación del medio, mecanismos de aproximación a la sociedad que les permitirán mantener un posicionamiento expectante en la competencia electoral. De esta forma, un método recurrente ha sido la cooptación de líderes sociales, lo que ha permitido -sobre todo en los eventos electorales- contar accidentalmente en la política, con la presencia de personajes que producía la sociedad para la cultura, el arte, el deporte y el espectáculo. Esta participación, no obstante provenir de manifestaciones sociales, se encontraba cargada de cálculo electoral antes que de proyectos de renovación política y de participación ciudadana. La carencia de mecanismos de participación, ocasiona que la base de consenso de la democracia se restrinja cada vez más a elites formadas políticamente o a elites económicas y de poder que instrumentan al sistema. Debido a este reto, se ha convertido en un común de los partidos, la utilización de dirigentes y organizaciones sociales como medio para ampliar la legitimidad de las organizaciones; sin embargo, la utilización de estos dirigentes se realiza mediante actos prebendales e instrumentales que invalidan la potencialidad de la incorporación de estas personas a la política. Se trata de un esquema cada vez más duro y restrictivo para formaciones políticas pequeñas o alternativas, con accionar basado en el prebandalismo, el clientelismo y paternalismo, la mayoría sumidos en casos de corrupción e ineficacia funcionaria, sin vislumbrarse proyección y recambio de lideratos, continuando como signo de este espectro, el caudillismo. 367Participación Política2001-2002] 21 En el período de Gobierno 93-97, el Vicepresidente de la República fue el Lic. Víctor H. Cárdenas de origen Aymará. En las elecciones municipales de 1995, el 28.6% del total fueron concejales indígenas y campesinos. Como hemos visto nuestro sistema político y de partidos es altamente occidentalizado, por ello, ciertos sectores de la sociedad civil boliviana -como los pueblos indígenas- tiene que incorporarse al sistema para participar o simplemente no participar. 2.5. Irrupción de los Pueblos Indígenas Los pueblos indígenas de las zonas del oriente, chaco y amazonía de Bolivia - irrumpen en el escenario nacional a mediados del año 1990, con la marcha desde la ciudad de Trinidad, departamento del Beni, hacia la ciudad de La Paz (sede de gobierno) cubriendo cerca de 400 kilómetros, denominada Por el territorio y la dignidad, reclamando atención de parte del Estado a sus demandas y reivindicaciones político sociales de: cultura, formas de org a n i z a c i ó n , autoridades tradicionales, idioma, personalidad jurídica y territorio. Desde esta acción hasta la fecha, las org a n i z a c i o n e s indígenas han ido avanzado por la consolidación de sus derechos colectivos como pueblos, pero al mismo tiempo, no han renunciado a sus derechos civiles y políticos como individuos, y para los que el sistema político boliviano no estaba preparado. Los nuevos actores no conocían y no tenían -no tienen actualmente- los escenarios donde actuar. Los partidos políticos han intentado acercarse a las organizaciones y estas han intentado aprovecharse de los primeros, pero en ambos casos, han salido más perjudicados que beneficiados. A pesar de ello, el movimiento indígena considera que está avanzando21. A nuestro juicio, la ratificación por el Estado boliviano de instrumentos internacionales de promoción y protección de los Revista IIDH368 [Vol. 34-35 22 Medina, Javier, Poderes Locales, FIA-SEMILLA/CEBIAE, La Paz Bolivia, 1995. derechos humanos, tanto individuales como colectivos de comunidades campesinas e indígenas constituyen un gran avance en la consolidación de los mismos, pero no del todo aplicados y traducidos en legislación interna en nuestro país, constituye un incumplimiento por parte de Bolivia frente a la comunidad internacional al no garantizar al ciudadano una participación efectiva, precisamente de esos pactos. Para muestra un botón: en las elecciones nacionales de 1997 y las municipales de 1999, las organizaciones indígenas y campesinas tuvieron que prestarse la sigla de los partidos habilitados legalmente para poder terciar en las mismas. Esta situación queda plenamente constatada al revisar las listas de los partidos tradicionales de las más diversas tendencias -sobre todo del ámbito municipal- en los que sin excepción, existe por lo menos un candidato indígena o campesino. La legislación electoral boliviana niega la participación política de una gran mayoría de la población, restringe sus derechos civiles y políticos, genera dependencia, provocando prebendalísmo y clientelísmo entre sus miembros o posibilitando el ausentismo; es decir, debilitamiento del sistema democrático y de sus instituciones. 2.6. Democracia étnica (participativa) El reduccionismo politicista, proveniente del paradigma cartesiano de la modernidad, es el impase cognitivo más grave a la hora de repensar la democracia en el mundo actual; y, en sociedades como la nuestra, además, el seguir pensándonos subsidiaria y, en el mejor de los casos, adjetivamente. ¿Cómo p e n s a r, pues, la democracia amerindia y la democracia representativa como democracia sin más?22 369Participación Política2001-2002] 23 Ibidem. 24 Para mayor detalle: Ticona-Rojas-Albó, Votos y Wiphalas. Campesinos y pueblos originarios en democracia . Cipca, La Paz Bolivia, 1995. A principios de un nuevo siglo, no podemos aceptar como democracia a secas, la Democracia representativa, tanto si es de cuño liberal como si es de cuño socialista, en el que solo las elites de expertos -clase política- son capaces de saber lo que quieren los ciudadanos. No podemos seguir aceptando una democracia que se iza exclusivamente sobre el voto cada x años, porque entonces la gobernabilidad será siempre aleatoria, incierta y frágil. En criterio de Medina23, el concepto de democracia que tenemos que construir, debe incluir además de la democracia política, la democracia económica, la democracia social, la democracia étnica, la democracia informativa, la democracia simbólica, la eco-democracia; la democracia es un instrumento al servicio de finalidades colectivas sostenibles. La democracia crea un orden social que posibilita que la libertad, la igualdad y la solidaridad, sean efectivos, de modo que las personas puedan desarrollar su autonomía individual y realizarse como seres comunitarios. La democracia, importa un comportamiento ético de parte del ciudadano. Si los valores éticos no son cultivados por la ciudadanía, la democracia está en peligro. En este sentido y para tener una aproximación respecto de las decisiones participativas en los pueblos indígenas de Bolivia, veamos a continuación algunas formas de organización tradicionales en comunidades originarias de la zona andina, como de comunidades indígenas de tierras bajas: a) El caso Aymara24 Se pueden distinguir dos niveles: Uno es la comunidad, cuyo tamaño reducido, permite muchas relaciones personales entre todos y otra es la micro-región, Revista IIDH370 [Vol. 34-35 formadas por un conjunto de comunidades que forman una unidad, posiblemente en torno a un municipio rural. La Asamblea Comunal (en aymara parlakipawi o junta) es la máxima instancia de autoridad y el eje de la vida comunitaria. Su potestad se extiende desde el dominio económico de los recursos comunales, pasando por las regulaciones sociales y políticas hasta las celebraciones rituales-regiliosas. Es el centro de poder de la comunidad. En ella pueden participar todos los jefes de familia que forman parte fija de la comunidad, es decir, todos aquellos que tienen casa y tierra. Estas asambleas son un foro de expresión amplia y un proceso colectivo de decisiones. Por su grado de participación y por su sentido de respeto mutuo, se constituyen en el principal escenario para la práctica de la democracia comunal. Generalmente los acuerdos se toman después de largas discusiones entre los participantes y éstos sólo se retiran a sus casas habiendo conciliado intereses. La lógica que prevalece es la de lograr amplio consenso. Su ideal es arribar incluso a la unanimidad, más que conformarse con que una mayoría se imponga a una minoría. En algunos casos, las decisiones comunales que más afectan a las familias suelen pasar por el tamiz en varias asambleas comunitarias debido a que, en forma menos visible, implican consultas en cada hogar, donde el marido, la mujer y los hijos definen su posición antes de llevar una decisión firme a la asamblea. Es que la familia constituye la unidad básica y cualquier decisión a este nivel afecta a todo el conjunto. La autoridad y demás cargos comunales son concebidos como un servicio y cubren roles muy específicos, tanto en el ámbito político comunal, como en el ceremonial religioso. Cada comunario tiene su Thakhi, que significa 371Participación Política2001-2002] 25 Las comunidades combinan dos criterios: máxima participación y eficiencia. El primero se asegura más por el camino de la rotación. El segundo, por la elección del más capaz. camino, o sea, un largo proceso de crecientes responsa- bilidades comunales en el que se combina el crecimiento y prestigio de cada familia en la comunidad con el ejercicio real del gobierno comunal, que empieza cuando un individuo se casa y hereda tierras, llegando a la categoría de jaqi o persona. Se distinguen tres niveles de nombra- mientos: 1) cargos menores pero exigen más trabajo (secretarios de actas, alcalde escolar, etc.), 2) otros más onerosos, sean ejecutivos (mallku o jilaqata, secretario general) o ceremoniales (pasante de fiesta). Por su costo en dinero y tiempo para beneficio de los demás, dan el máximo prestigio y 3) los cargos máximos (justicia, asesor, apoderado de los títulos comunales), que suponen prestigio pero exigen poco trabajo y menor erogación económica. Todos pasan por los primero; la mayoría por los segundos; solo los más respetados llegan a los últimos. En general, priman los conceptos de rotación e igualdad de responsabilidades25 (más que de oportunidades) entre los que ya llegado a determinado nivel en el thaki o camino. Las mujeres en el mundo aymara son concebidas con una unidad junto con el hombre-chacha-warmi, concepto que denota complementariedad. En las comunidades originarias la elección de los dirigentes es en pareja: él es mallku o jilaqata y ella es su mama t’alla. La mama t’alla acompaña al esposo a donde sea y debe sustituirlo en caso de ausencia; pero no pude reemplazarlo o decidir por él. Sin embargo, es de hacer notar que la función de servicio, inherente a todo cargo comunal, es aún más visible en la esposa que en el varón; el de autoridad, en cambio, apenas se reconoce en la mujer. Revista IIDH372 [Vol. 34-35 En los niveles intercomunales, también funciona el sistema rotativo, en mayor o menor grado. Cada unidad menor (comunidad local) dentro del sistema tiene la oportunidad de ser la cabeza de la jurisdicción, de acuerdo a un orden fijo y rotativo. En este nivel, es más evidente la complementariedad entre este principio de máxima participación -del que hablábamos líneas arriba- y los de mayor eficiencia (buscar al más capaz) o de habilidad política (al más vivo). Sin embargo, el criterio rotativo se mantiene sobre todo, al asegurar que todas las unidades inferiores quedarán de alguna manera, todas llegarán a ocupar el cargo máximo. En este nivel microregional de la organización campesina- indígena sigue habiendo una buena posibilidad de control a sus dirigentes por parte de las comunidades que lo nombraron. Estos mecanismos son variados: el seguimiento y observación cotidiana (no planificada) de las acciones de los dirigentes por parte de los comunarios; las peticiones de informes regulares y otras varias formas de cuestio- namiento, aprobación o sanción en las reuniones, ampliados y congresos; la participación o ausentismo en diversos eventos convocados por la directiva; el aportar o no con trabajos u otras contribuciones cuando se solicitan; y, naturalmente, la garantía de que nadie se podrá perpetuar en el cargo, sino que habrá renovación y rotación. Nadie puede repetir un cargo que ya ha cumplido. b) Los indígenas de tierras bajas. Los pueblos indígenas de tierras bajas mantuvieron un bajo perfil -respecto al Estado- a lo largo de la historia de Bolivia. Las relaciones que establecieron con la sociedad y el Estado boliviano fueron de otro tipo - que de los pueblos de tierras altas-libres e independientes, mantuvieron fronteras étnico-culturales con marcadas diferencias y espacios territoriales con bajos niveles de presencia de individuos de otro origen étnico y 373Participación Política2001-2002] 26 Lema, Ana María, De la Huella al Impacto. La participación popular en municipios con población indígena , PIEB, La Paz Bolivia, 1999, p. xxix. 27 CIDOB, es la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia, representa más del 80% de los comunidades indígenas el país. 28 Citado por Lema, De la Huella…, p. 29. cultural. Una vez sometidos, si bien pasaron a ser mano de obra barata o cautiva para la producción nacional agropecuaria y/o forestal, se constituyeron como individuos o pueblos a la vez utilizados e ignorados por el Estado y el gobierno nacional, lo que hizo que se mantuvieran aislados del conjunto del acontecer nacional hasta aproximadamente la década de los ochenta26. A finales de los años 80 y principios de los 90 el avance organizativo de los grupos indígenas de la Amazonía, Oriente y Chaco del país ha crecido en forma importante. Este avance tuvo dos caminos complementarios: Uno representado por el CIDOB2 7, de carácter cupular e interétnico y otro, desde las propias bases de cada grupo indígena. Poco a poco ambos encontraron un camino común de convergencia. Al respecto, para Marcial Fabricano2 8, actual vicepre- sidente del CIDOB, la primera etapa del movimiento indígena de 1982 a 1990, fue de formación, pues en ella se constituyeron las principales organizaciones indígenas regionales, así como la nacional. En la segunda, de 1990 a 1996, los derechos de los pueblos se consolidaron a través de la aprobación de normas legales -producto de las movilizaciones-. La tercera etapa, consiste ahora en adecuar los derechos indígenas a la situación económica de los pueblos, garantizando la participación de los mismos. Hasta mediados de 1990, en que los pueblos indígenas del Beni protagonizaron la marcha “Por el Territorio y la Revista IIDH374 [Vol. 34-35 29 Esta marcha se inicio en el departamento del Beni el 13 de agosto y llegó a la ciudad de La Paz el 17 de septiembre de 1990, obligó al Estado boliviano a reconocer por primera vez la existencia de territorios indígenas y logró que el movimiento indígena sea reconocido como actor político en el escenario nacional. 30 Rojas, “Democracia en Bolivia…”, p. 37. Dignidad”29, las comunidades y pueblos indígenas de las tierras bajas Bolivia, habían sido invisibles y el país tenía una sola cara: la de los mestizos, q’aras o karais. A nivel nacional el CIDOB, tiene una Gran Asamblea que se reúne cada cuatro año, con representantes de cada pueblo en proporción a su población; una Asamblea Consultiva Nacional conformada por el Directorio y los presidente de las ocho regionales que se reúne cada año; la Comisión Nacional cada seis meses; y por último las reuniones de Directorio (Ver anexo 2). A nivel de las centrales regionales, cada una de ellas tiene su propia estructura y organización, aunque la mayoría tiene sistemas bastante similares; a manera de ejemplo esquematizamos en el anexo 3, la de la Coordinadora de Pueblos Etnicos de Santa Cruz. Para el nivel comunal las formas de participación democrática de los pueblos indígenas de tierras bajas no son totalmente distintas a las de las comunidades andinas, pero presentando tantas variantes como etnias. En esta democracia étnica -como llama Rojas30- y sus maneras de relacionarse con el Estado prevalecen dos formas: e l cabildo, de origen colonial-misional,y las capitanías. En los cabildos hay una jerarquía de cargos, que en parte cumplen funciones de gobierno local y, en parte, son ceremoniales y religiosos, de una manera no tan distinta de lo que ocurre en los ayllus andinos. Pero aquí los nombres y actividades reflejan mucho más su origen español. El Cabildo Indigenal representaba a la organización socio 375Participación Política2001-2002] 31 Pueblo indígena con población mayoritaria representa el 30.4%, según Censo Indígena de Tierras Bajas de 1994. 32 La sede de la mayoría de los Cabildos Indigenales, son precisamente las propias parroquias de los pueblos y responden a intereses del párroco. cultural y para el auto-control del trabajo cotidiano, que aunque fue impuesto por los jesuitas, representaba la autoridad total indígena en los diferentes pueblos. En estos la autoridad natural es el cacique general o comunal, según corresponda. El Cabildo -como tal- prácticamente ha desaparecido, subsistiendo su carácter meramente simbólico, de organización de eventos religiosos; ésa perdida es mayor por la aculturación forzada de algunas comunidades -como los chiquitanos31-, en relación con otros pueblos indígenas. Sin embargo, encontrando un nuevo plano de conciencia de sus derechos y las adecuadas formas organizativas para defenderlo, muchos pueblos -como los chiquitanos, para redondear el ejemplo- han conformado org a n i z a c i o n e s indígenas, que nada tienen que ver con los sindicatos campesinos (tradicionales de occidente), pero que reciben el denominativo de centrales indígenas, que aglutina a las comunidades de determinada región o provincia, la que a su vez pertenece a otra organización superior de la misma etnia. Este tipo de organización nueva surgió por la necesidad de los pueblos indígenas de defender y reivindicar sus derechos, especialmente el derecho a sus tierras y territorios y el de autodeterminación; forma que recoge el accionar y los mecanismos de participación de los antiguos cabildos cooptados actualmente por la iglesia católica32. Aunque es bueno mencionar que existen renovados intentos por recuperar las formas de organización ancestrales, como el caso de la Asociación de Cabildos Indígenas de San Ignacio de Velasco (ACISIV) o la Asociación de Comunidades Revista IIDH376 [Vol. 34-35 Indígenas de San Rafael (ACISAR) conformados en marzo de 2001 en la provincia Velasco del departamento de Santa Cruz, que aglutinan juntas a más de 100 comunidades. La capitanía, constituye otra forma de representación comunal muy arraigada en los pueblos indígenas de tierras bajas. El Capitán (mburuvicha, cacique u otro nombre local) concentra autoridad y suele permanecer en el cargo por tiempo indefinido, hasta que sus fuerzas no se lo permitan o hasta que, por falta de aceptación, la comunidad decide reemplazarlo por otro. Esta autoridad ejerce su mando sobre una familia, comunidad o conjunto de comunidades (capitán grande). El Capitán tiene el deber de representar a la comunidad en lo jurídico, político y cultural; coordinar la diversidad de acciones, labores y trabajos de la comunidad, a través de su experiencia que es muy valorada. Cada comunidad (tenta) tiene su Capitán (comunal) y un conjunto de comunidades forma la Capitanía Grande o Tentaguazu, que es la dirección sobre el conjunto de Capitanes, pero a la vez dependiente de éstos. Finalmente las Zonas, son en realidad la agrupación de dos o más Capitanías Grandes. El fundamento implícito en todo pueblo que tiene este sistema -sobre todo el Guaraní- en el plano de la organización socio política y de su sistema de autoridades, es la autonomía de unas comunidades respecto a otras y entre Capitanías, y entre Zonas de Capitanías. No obstante, todas las instancias se igualan democráticamente en Asambleas. Primero se reúne cada comunidad en Asamblea, que constituye la máxima autoridad, con su Capitán o Mburuvixa, deciden y éste lleva esa decisión a la reunión de Zona o Tentaguazu, en la que con los Capitanes de otras comunidades discuten, debaten y adoptan decisiones por consenso. Estas decisiones son llevadas a la Asamblea 377Participación Política2001-2002] 33 APG, es la Asamblea del Pueblo Guaraní, organización de segundo nivel dentro de la estructura del CIDOB, que comprende a más de 190 comunidades de la etnia Guaraní. 34 Lema, Ana María, De la Huella al Impacto…, p. 244. 35 Ticona, Votos y Wiphalas… , p. 74. Regional o Plenaria de Capitanes (dos por zona) de la APG33 y en esta nueva reunión mayor ya se toman las decisiones definitivas sobre las cuestiones de fondo que atañen a la vida y el futuro inmediato y mediato del pueblo. En las reuniones o asambleas, participan todos los hombres de la aldea y las autoridades, se discuten los problemas existentes; una vez discutidos entre todos, la autoridad llama a una decisión, eso se llama nivelar la palabra y significa que todos los participantes en la reunión tienen que encontrar un acuerdo: no existe el voto por el que un porcentaje a favor venza a los que están en contra de la decisión. Como lo afirma Lema34, la democracia a lo indígena se alimenta del diálogo, de la consulta, del acuerdo con las bases, del consenso; nunca hay que imponer sino obedecer a lo que dicen las bases. Finalmente sobre el sistema de autoridad en pueblos indígenas de tierras bajas, es pertinente traer a colación lo que dicen Ticona-Rojas-Albó35 textual: más allá de estos grupos locales, es frecuente la reticencia por una autoridad única. Se prefiere, más bien, algún tipo de gobierno co- lectivo. Sólo por razones prácticas las org a n i z a c i o n e s indígenas más modernas, como la APG y el CIDOB, han acabado por adoptar esquemas con un dirigente máximo, aunque sometido a un riguroso control por parte de quienes le han delegado esta autoridad. Todo poder concentrado en una o varias personas tiene su control desde la base y no hay posibilidad de que la autoridad abuse de su posición privilegiada. Revista IIDH378 [Vol. 34-35 2.7. Participación Política Existen diversos conceptos y definiciones respecto de la participación política. Participar, no es otra cosa, que tomar parte o intervenir en algo o con alguien. Política, relativo a los asuntos públicos de gobierno de un Estado o sociedad. Según el Diccionario Electoral de CAPEL 2000, la parti- cipación política puede definirse como toda actividad de los ciudadanos dirigida a intervenir en la designación de sus gobernantes o a influir en la formación de la política estatal. Comprende las acciones colectivas o individuales, legales o ilegales, de apoyo o de presión, mediante las cuales una o varias personas intentan incidir en las decisiones acerca del tipo de gobierno que debe regir una sociedad, en la manera cómo se dirige al Estado en dicho país, o en decisiones específicas del gobierno que afectan a una comunidad o a sus miembros individuales. El IIDH por su parte, ha desarrollado una definición más amplia, clara y comprensible de la participación política, a saber: La Participación Política es toda actividad de los miembros de una comunidad derivada de su derecho a decidir sobre el sistema de gobierno, elegir representantes políticos, ser elegidos y ejercer cargos de representación, influir en la definición y elaboración de normas y políticas públicas y controlar el ejercicio de las funciones encomendadas a sus representantes. Esta definición permite actuar al ciudadano desde varios escenarios, en cumplimiento de determinados roles, tanto en el diseño, la elaboración como en la ejecución de un proyecto político, y además, en el ejercicio y control de las labores de los encomendados, así como el desempeño de sus actividades en la cosa pública. Siguiendo esta línea, recordemos y comparemos aquí, lo dispuesto por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y 379Participación Política2001-2002] Políticos, el Pacto de San José de Costa Rica y la Convención Internacional sobre todas las formas de discriminación racial, respecto de los derechos políticos: Cuadro No. 1 Normas internacionales relativas a los derechos políticos Continúa Revista IIDH380 [Vol. 34-35 381Participación Política2001-2002] 36 Ratificado por Bolivia mediante ley de 11 de febrero de 1983. Este cuadro nos permite visualizar que en general los instrumentos internacionales, objeto de la gráfica, relativos o que contienen aspectos referidos a los derechos políticos de los individuos, habitantes del planeta son bastante uniformes y parecidos en sus textos, a excepción del inciso 2 del artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José3 6, que establece las únicas restricciones al ejercicio del derecho político de las personas, que los Estados latinoamericanos pueden reglamentar, considerando su propia estructura y organización política. Estas limitaciones se refieren exclusivamente a razones de edad (para determinados cargos), nacionalidad (limitaciones a los extranjeros en puestos de jerarquía, residencia (domicilio de los electores y elegidos), idioma, instrucción (determinada formación para optar cargos públicos), capacidad civil o mental (lucidez), o por condena (suspención de los derechos de ciudadanía), por juez competente, en proceso penal. Como podemos apreciar, ninguno de estos factores hacen mención a la condición étnica, la pertenencia a cierta comunidad o grupo racial, la obligación de ser miembro de x tienda política o la necesaria recomendación de éste, como un obstáculo o requisito para participar en los procesos electorales, en particular el de terciar en elecciones libres o postularse para un determinado cargo público. Dicho de otra manera, en el plano de la normativa internacional no se consignan limitaciones al ejercicio de los derechos políticos, más allá de los dispuestos -para el caso de los países miembros de la OEA -por el Pacto de San José, en su artículo 23 analizado precedentemente. En el caso boliviano que nos ocupa, se pueden identificar las siguientes causas que obstaculizan, disminuyen o anulan la participación política de los pueblos indígenas de Bolivia: 37 La ley de participación popular, define Pueblo Indígena en los términos y en aplicación del convenio 169 de OIT. 38 Ver nota al pie de página 3. Revista IIDH382 [Vol. 34-35 Limitaciones de tipo histórico Los pueblos indígenas37 de Bolivia han sido históricamente excluidos de la participación política. Consideremos sólo dos elementos: la división política administrativo y los candidatos a presidente o vicepresidente, del país. Con relación al primer elemento, la división política del p a í s3 8, sobre todo de secciones y cantones, estos se estructuraron fundamentalmente en base a criterios políticos o de intereses personales y no respecto de la organización social o de la administración del territorio (SNPP 1995: 11). En la práctica la jurisdicción de las asociaciones comunitarias, unidades socioculturales y pueblos indígenas, tanto de la región andina como de tierras bajas, no coinciden con los cantones o secciones de provincia. Esta división arbitraria e impuesta no sólo fragmenta y desintegra a las organizaciones naturales, sino que también dificulta y limita la participación de éstas en el órgano público cercano -el municipio-, precisamente porque no lo hace desde sus formas de representación tradicionales o porque este no hace una adecuada atención de sus demandas. En ambas situaciones los pueblos indígenas se sienten ajenos a esa estructura occidental colonial moderna y por lo tanto, simplemente no encuentran los elementos ni las instrumentos que viabilicen su participación política. El segundo elemento está mediatizado por los partidos políticos. Aquellos con representación parlamentaria con reales posibilidades de acceder al poder-gobierno, no presentan en sus listas candidatos a presidente y vicepresidente de origen indígena: 383Participación Política2001-2002] Cuadro No. 2 Partidos políticos y candidatos a presidente y vicepresidente En el Cuadro No. 2, se puede apreciar que de los seis partidos con representación parlamentaria mayoritaria, solo tres candidatos tienen ascendencia indígena. Sólo uno de ellos llegó a ser vicepresidente del república; pero no existe ningún candidato a presidente de la república, que provenga de alguna etnia del país; inclusive los partidos denominados populistas (UCS y CONDEPA), prefirieron en sus lista conocidos empresarios, en vez de dirigentes campesinos, gremiales o indígenas. [Elaboración propia en base datos CNE] Revista IIDH384 [Vol. 34-35 39 Alvarez M., José Antonio, “Ley 1551 de Participación Popular. Comentarios y concordancias”. Viceministerio de Asuntos Indígenas y Pueblos Originarios.La Paz Bolivia, 1998, págs 2, 24. Al respecto Molina-Arias comenta que antes de la ley de participación popular ni los pueblos indígenas, ni las áreas rurales en general, tenían peso político y en consecuencia recibieron poca atención en cuanto a obras y servicios públicos. De hecho la población rural e integrada por grandes sectores campesinos y de pueblos indígenas, estaba marginada no solo de los servicios, recursos e inversiones, sino también del elemental derecho al voto, y además no tenían ninguna relación institucionalizada con la estructura municipal. Aun en 1985 las elecciones no diferenciaban el proceso municipal de la constitución de los poderes del gobierno nacional. Las áreas rurales y las provincias eran muy poco bene- ficiadas por la distribución de recursos, dejándolas dependientes del gobierno central para obtener alguna inversión; en general no tenían acceso a obras, servicios e infraestructura básica, agua potable, energía eléctrica, salud o educación. Esta situación fue radicalmente cambiada por la aprobación de la Ley 1551 de participación popular en 1994, produjo una descentralización política, económica, social y jurídico, de corte municipal39. El análisis de esta norma se profundiza más adelante. Restricciones de tipo constitucional Los latinoamericanos y en particular, los bolivianos no queríamos y rechazábamos las dictaduras y todo forma de autoritarismo, y luchamos con fervor y valentía por la democracia, pero nadie nos pregunto, de qué tipo, con que instrumentos, que sistema electoral adoptar, etc. A pesar de que el artículo 2, de la Constitución Política del Estado reconoce que la soberanía reside en el pueblo, el 385Participación Política2001-2002] artículo 4 dispone que “el pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y las autoridades creadas por ley”, disposición perfectamente concordante con lo dispuesto en el artículo 1... por la que el gobierno “adopta la forma democrática representativa” y con lo previsto en el 223 que textualmente dice: “la representación popular se ejerce por medio de los partidos políticos o de los frentes o coaliciones formados por éstos. Las agrupaciones cívicas de las fuerzas vivas del país, con personalidad jurídica reconocida, podrán formar parte de dichos frentes o coaliciones departidos y presentar candidatos a Presidente y Vicepresidente de la Repú- blica, Senadores, Diputados y Concejales”. Al respecto el CIDOB ha manifestado que la legislación existente dificulta la participación directa, al condicionar la participación a la pertenencia de algún partido político y ha propuesto enmiendas a la Constitución Política del Estado, para permitir que las organizaciones sociales puedan buscar su representación, en los lugares donde existe población mayo- ritaria. Lo que se reclama es participación en la proporción correcta; allá donde la población indígena es mayoritaria, es justo que haya una presencia, también mayoritaria en los órganos públicos. En estas disposiciones está el cuello de botella por la que el ciudadano tiene restringido y menoscabado sus derechos políticos, precisamente por lo que en aplicación del 228 (primacía de la constitución) toda otra norma que contraríe a aquella no esta permita o en todo caso sería nula de pleno derecho. Se ha pensado una ley transitoria que permita reconocer los denominados partidos regionales con requisitos adecuados a su cobertura de pretendida influencia, municipal o departamental, y en todo caso, de menor exigencia o igual que lo requerido para la formación de partidos nacionales, pero con énfasis en el programa de gobierno40. 40 Rojas, “Democracia en Bolivia…”, p. 122,123. Revista IIDH386 [Vol. 34-35 Se podrían considerar los ejemplos de Guatemala, con la creación de los llamados comités cívicos electorales que permiten la participación electoral, limitado al nivel local, de ciudadanos sin ninguna filiación partidaria, reuniendo cierta cantidad de firmas; o la de Ecuador y España, que precisan un porcentaje de personas, proporcional a la población de la jurisdicción objeto de elección. En el cuadro No. 3 podemos apreciar ambas tendencias y comportamientos en distintos países de Latinoamericana: Cuadro No. 3 Países con restricción costitucional que privilegian los partidos políticos La conclusión importante a la que llega Rojas en su análisis, es que “el monopolio de los partidos políticos no es requisito para el funcionamiento de la democracia representativa”. Partidos políticos centralizados Aunque parezca paradójico, los partidos políticos han sido los luchadores e impulsores del sistema democrático en el país, pero al interior son altamente antidemocráticos, verticalistas y responden a las directrices del jefe nacional - d i r e c c i ó n [Fuente: tomado de Rojas, “Democracia en Bolivia...” p.100] 387Participación Política2001-2002] rígida-, quien es el que define la estructura -jefaturas herméticas-, establece los mandos medios, asigna responsabi- lidades al personal y elige a los candidatos. En efecto, desde la recuperación de la democracia, no obstante un hábitat cuestionado y crítico, los partidos políticos tienden a reconstituirse en una nueva centralidad de partidos que pasarían a constituir el núcleo del nuevo sistema político, complementado con algunas referencias políticas regionales. El sistema político boliviano muestra las siguientes características: • Una centralidad de cinco partidos, manifiesta en mayorías electorales y parlamentarias. • Lideratos consolidados en ADN, MNR, MIR, UCS Y NFR. • Vigencia y presencia parlamentaria de partidos minoritarios. • Formación de coaliciones para la gobernabilidad. La centralidad de partidos es una característica propia del sistema político boliviano porque, al contrario de otros países, la sociedad ha especializado votantes para cinco partidos principales - tres de los cuales se alternan en el gobierno - y dos accesorios, evitando de esta manera el bipartidismo, típico de otras democracias. Incluso, esta forma de actuar de los partidos, ha posibilitado la cooptación accidental de líderes sociales, de paso fugaz o sucumbiendo a la cultura y práctica interna de las organizaciones políticas. Nadie discute a estas alturas la legalidad de los partidos políticos, lo que la ciudadanía cuestiona permanentemente es su legitimidad, su pertenencia social, la homogeneización de su oferta electoral, la democratización interna y el estableci- miento de mecanismos de consulta, entre otras. A propósito de la democratización interna de los partidos políticos, la Ley 1983 de Partidos, aprobada en junio de 1999, Revista IIDH388 [Vol. 34-35 41 Cuatro Partidos políticos (ADN, MNR, UCS Y NFR), de 17 vigentes han presentado, para su aprobación, sus nuevos estatutos ante la CNE. 42 El Deber, diario de circulación nacional, 04/10/01. establece en su disposición transitoria segunda, la obligación de los partidos políticos de elaborar un programa de gobierno y adecuar sus estatutos y estructuras41, la reinscripción de militantes y la elección de sus dirigentes mediante elecciones democráticas, libres y voto directo hasta el 31 de diciembre de 2001. Sin embargo, noticias de prensa dan cuenta42 de la intención de algunos partidos con representación parlamentaria -entre ellos ADN, en función de gobierno- de la intención de postergar el plazo otorgado por la ley para su democratización interna. Cuadro No. 4 Situación orgánica de los partidos políticos con representación parlamentaria Fuente: tomado de Carvajal 1998: 49. *En aplicación de la Ley de Partidos No. 1983 de 25/06/99 han renovado susjefaturas departamentales. **Elecciones internas nacionales, departamentales y distritales 389Participación Política2001-2002] 43 Cabe mencionar aquí que las organizaciones sociales de campesinos y de colonizadores al no encontrar respuestas en los partidos tradicionales han empezado a conformar sus propios partidos. Este contexto, también influyó negativamente las políticas de ajuste estructural -altamente individualista-, que incorporó en el ciudadano y en el partido político en particular, la noción de la no pertenencia social; de tal forma que la crisis de identidad de los partidos y los grupos sociales se hizo efectiva y debe provocar la reconformación transversal del sistema político. Esta reconstitución debe pasar -necesariamente- por la democratización interna de los partidos, la apertura de los mismos a la sociedad civil y la transparencia en la captación y manejo de sus recursos financieros43. Organizaciones sociales débiles El modelo neoliberal y las políticas de ajuste estructural impuesta en nuestro país en la década de los ochenta y sobre todo partir de la promulgación del D.S. No. 21060, que conlleva las medidas de relocalización de los trabajadores, profundizó el debilitamiento de las organizaciones sociales aglutinadas entorno a la Central Obrera Boliviana (COB) y la Confederación Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB). En este debilitamiento también han jugado un rol impor- tante sino protagónico en los propios partidos políticos que han penetrado en las organizaciones sindicales, so pretexto de apoyar tal o cual tendencia ideológica o dirigente, con apoyo logístico, con recursos económicos y hasta con militantes. En su afán de controlar a las organizaciones los partidos políticos en su conjunto, no han escatimado ningún esfuerzo por “hacerse” de los dirigentes más sobresalientes, cooptando los máximos niveles e interfiriendo las actividades meramente sindicales. Esta situación, ha coadyuvado en la partidizacion de Revista IIDH390 [Vol. 34-35 las organizaciones y la división de las mismas44, ahondando la desconfianza de la sociedad civil en los partidos políticos. De ahí que una buen parte de la población adulta devino en el descrédito sobre el sistema o, en el mejor de los casos, su aproximación hacia la política y hacia los partidos se hizo instrumental y prebendal. De manera simultánea al debilitamiento de las organiza- ciones sindicales de occidente, se empieza a gestar y aparece con fuerza y determinación el movimiento indígena del oriente del país en los noventa, demandando del Estado su recono- cimiento, el respeto a sus autoridades y formas de organización, su cultura y sobre todo, la restitución de sus territorios ancestralmente ocupados. A pesar del desarrollo que ha logrado hasta hoy el “movimiento indígena de tierras bajas”, tampoco es ajeno a las interferencias o tentaciones por parte de los partidos políticos, que en varios casos, ya ha logrado perforar sus organizaciones a través de la prebenda y el clientelismo. Aun así, el movimiento tiende a fortalecerse y alcanzar sus reivindi- caciones de tipo social, culturales, económica y jurídica. Falta de documentación personal Por disposición del Código Electoral, son requisitos para emitir el voto: • Certificado de nacimiento • Carnet de Identidad • Libreta de Servicio Militar Obligatorio (varones) • Pasaporte Por diversas razones de tipo presupuestario y hasta político el Estado boliviano, a través de su mecanismos e instituciones 44 La COB, tiene una dirección transitoria y la CSUTCB, tiene dos direcciones nacionales, una liderizada por Quispe y la otra por Choque. 391Participación Política2001-2002] 45 La nueva Corte Nacional Electoral, ha manifestado su rechazo al manejo del Registro Unico de Identificación porque dificultaría la realización de las próximas elecciones generales del 2002. 46 Datos de la CNE y el INE. creadas al efecto, no ha podido garantizar un registro civil y de identificación idóneo, eficaz y a bajo costo, que le permita al ciudadano, poder ejercer mejor sus derechos y obligaciones, teniendo su documentación personal en orden. Este registro o padrón ha merecido sumo interés por los partidos políticos de turno en el Gobierno, por controlarlo y manejarlo a su antojo, sobre todo en épocas de elecciones municipales o nacionales. El Servicio Nacional de Registro Civil, que tiene a su cargo básicamente los registros de los nacimientos, matrimonios y defunciones de las personas ha estado en manos del Poder Ejecutivo, bajo la tuición del Ministerio del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social y su transferencia a la Corte Nacional Electoral data del 9 de noviembre de 1992. Luego mediante Ley No. 1864 de 15 de junio de 1998, el Registro de Identificación Nacional (RIN) que reemplaza al Registro Único Nacional (RUN) y el Servicio de Identificación Personal, pasa a tuición del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Sin embargo, ante la presión social y de los demás partidos políticos, se enmienda la referida ley y el Registro Civil vuelve bajo la administración y control de la Corte Nacional Electoral45. En definitiva, de aproximadamente ocho millones de habitantes que tiene el país, solo 3.5 millones se registraron para las elecciones generales del 1997 y de estos el 71% participó efectivamente emitiendo su voto en las urnas46. De 4.5 millones de personas, el 50% no participaron por ser menores de 18 años y el otro 50% no lo hizo porque no contaba con ninguno de los requisitos exigidos por el Código Electoral Revista IIDH392 [Vol. 34-35 para p a rt i c i p a r siguiera como votante, ni que decir de postularse a algún cargo de elección. De los 3.5 millones que se registraron en las elecciones generales, el 65,8% corresponden a los departamentos del eje (La Paz, Cocha- bamba y Santa Cruz), cuya población es predominantemente urbana, concluimos que los que se automarginaron por falta de documentación, son campesinos e indígenas y mujeres ubicados en el área rural del país, que coincidentemente son también las regiones más pobres. Tal es el caso del pueblo guaraní, por ejemplo, que de un total de 28.030 habitantes mayores de 15 años, 8.325 carecen de documento de identificación personal, representando alrededor del 30%; las cifras son aún mayores considerando a los niños mayores de 1 año, de los cuales el 41% no posee certificado de nacimiento, siendo la incidencia más grande entre los menores de 15 años, donde más del 66% no recibió dicho documento (Oyendu No. 4 1999: 14). 2.8.La Participación Indígena en el marco de la Ley 1551 de Participación Popular Como lo hemos dicho anteriormente, instaurada la democracia en el país el 10 de octubre de 1982, el sistema político y sus instituciones públicas se esmeraron para desterrar cualquier intento de volver a regímenes absolutistas o totalitarios, acentuaron el “presidencialismo parlamentario” pero descuidaron su relación con el soberano del Estado: el pueblo. La situación del país era bastante critica: en lo económico, alto grado de inflación, bajos ingresos, incipiente crecimiento, Estado productor; en lo social: desarticulación de los sectores y organizaciones sociales; en lo jurídico, ausencia de un estado de derecho y en lo político, estructuras débiles y descreimiento en las instituciones democráticas. 393Participación Política2001-2002] 47 Alvarez M., José Antonio, “Ley 1551 de Participación Popular…”, págs.1 y 2. En este sentido los desafíos eran: en lo económico: reconocimiento y humanización del modelo; en lo político: perfeccionar, profundizar y fortalecer la democracia y en lo social: promover la participación del ciudadano. En este contexto, durante el período de gobierno comprendido de 1993 a 1997, se aprobaron un paquete de leyes, entre las que destacamos: • Ley de Reforma de la Constitución Política del Estado: reconocimiento de un Estado multiétnico y pluricultural, y la categoría de Tierras Comunitarias de Origen, así como el o t o rgamiento de personalidad jurídica de comunidades indígenas y campesinas. • Ley de Reforma Educativa: establecimiento de la educación intercultural bilingüe y conformación de los Consejos Educativos de Pueblos Originarios Aymara, Quechua, Guaraní, Amazónica y Multiétnica • Ley de Capitalización: inyección de capital fresco para las empresas estratégicas del Estado; transferencia de 50% de las acciones. • Ley Forestal: concesión, manejo y uso sostenibles de lo bosques; aprovechamiento preferente de los pueblos indígenas. • Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria: saneamiento y titulación de tierras comunitarias de origen. • Ley de Participación Popular: instrumento jurídico de cambio de las estructuras sociales, económicas y políticas; inaugura un proceso único de participación efectiva y se constituye en la herramienta de recuperación de la dignidad e identidad del bolivianos, buscando una real integración territorial y social... corrigiendo los desequilibrios históricos existentes entre las áreas urbanas y rurales47. Revista IIDH394 [Vol. 34-35 48 Balslev, Anne, Distritos Municipales Indígenas en Bolivia: las primeras experiencias en el Chaco. Secretaría Nacional de Asuntos Etnicos La Paz Bolivia. 1997. P. 25. En el aspecto social, esta ley reconoce o mejor dicho admite la existencia de organizaciones sociales como: las juntas vecinales, las comunidades campesinas, las comunidades indígenas y los pueblos indígenas, y los convierte en sujetos visibles, actores de la participación popular, con personalidad jurídica. Establece también un mecanismo de control social denominado Comité de Vigilancia, que articula a las organiza- ciones sociales con el órgano público a nivel seccional -el municipio- y controla los recursos públicos transferidos del nivel central a los gobiernos municipales; y crea una instancia pública de gestión y administración territorial menor o igual que el cantón: los distritos municipales indígenas. En lo económico, la ley de participación popular, fortalece a los gobiernos municipales transfiriéndole infraestructura física de los sectores de salud, educación, deportes y microrriego, y les distribuye el 20% de los ingresos nacionales, en base a la población de la jurisdicción municipal. Desde el punto de vista político, establece la jurisdicción territorial de los municipios en la sección de provincia, creando de manera automática 311 -hoy 315- gobiernos municipales autónomos y de igual jerarquía, ampliando sus competencias en materia de salud, educación, deportes, saneamiento básico y microrriego, tanto al área urbana como rural. Esta situación obliga a los candidatos a concejales, a abandonar el pequeño territorio urbano para llegar a las comunidades más pequeñas para conseguir el voto ciudadano; el apoyo electoral de la población rural e indígena se ha vuelto significativo, lo obviamente representa para los pueblos indígenas, una posible ventaja48. En este sentido, la implementación de la ley de partici- pación popular -al modificar las formas de participación, las 395Participación Política2001-2002] 49 Lema, Ana María, De la Huella al Impacto…, p. xxiii, xxiv. 50 Ibid. p. xxxviii. estructuras organizativas en su expresión política, social y territorial, y las condiciones de vida de las poblaciones indígenas de los municipios- está planteando un nuevo escenario en la dinámica del ejercicio del poder local al otorgar un papel al sector indígena. Este al verse obligado a actuar en espacios distintos a los tradicionales, está generando nuevas prácticas que, en función a sus características, su pasado, su experiencia permiten (o no) su desarrollo en el marco municipal49. Debemos reconocer que la relación entre el Estado boliviano y los pueblos indígenas de tierras bajas a través de la ley de participación ofrece dos lecturas: a) según la primera, la implementación de la participación popular en municipios con población indígena es algo revolucionario, novedoso, constructor y positivo, pues abre espacios de participación nunca soñados para los pueblos indígenas, otorga recursos a los gobiernos municipales para su desarrollo, etc.; b) la segunda lectura considera que el proceso ha sido francamente nefasto, pues está reforma está vinculada a una ley maldita que no respeta los usos y costumbres, que divide a los pueblos indígenas a través del sistema electoral, que impone reglas ajenas a su realidad, que modifica los niveles de relacionamiento de las organizaciones al tener nuevos interlocutores en los gobiernos municipales50. Nosotros creemos en la primera lectura, no sin antes reconocer, dificultades en su real aplicación, distorsión e injerencia político partidaria en su implementación o la insuficiente capacitación en los actores sociales e institucionales. Veamos el porqué de nuestro entusiasmo: Revista IIDH396 [Vol. 34-35 51 Alvarez M., José Antonio, “Ley 1551 de Participación Popular…”, pág. 25. Candidatos indígenas La ley de participación popular, dispone una nueva configuración territorial: establece como jurisdicción de los municipios la sección de provincia; amplía las competencias municipales en materia de salud, educación, cultura, deportes y microrriego, tanto en ámbito rural como urbano. A partir de esta disposición, no existe un solo pedazo del territorio nacional que no tenga dueño, todo está municipalizado51. El Estado tiene, no solo presencia institucional, sino verdaderos gobiernos municipales elegidos democráticamente. Esta situación -como mencionamos líneas arriba- obliga a los candidatos a concejales, a abandonar el pequeño territorio urbano para llegar a las comunidades más pequeñas para conseguir el voto ciudadano; el apoyo electoral de la población rural e indígena se ha vuelto significativo, lo que obviamente representa para los pueblos indígenas, una posible ventaja. Según la revista Oyendu No. 5, órgano oficial del CIDOB, antes de 1995, los pueblos indígenas deben reconocer que su participación electoral fue espontánea y descoordinada, pero para las elecciones municipales de 1995 y en las nacionales de 1997 ésta fue más organizada en el escenario electoral; esto ha dejado lecciones para el movimiento indígena: la participación es más efectiva si existe una base común y bien definida, es decir una plataforma clara para entrar en la competencia y la otra, es que las elecciones deben servir para reforzar la presencia y unidad de los pueblos, el acceso a las formas de poder local y no para dividir o crear conflictos internos. Las aspiraciones personales no deben anteponerse a los intereses de las comunidades indígenas y de sus organizaciones matrices. El movimiento indígena, sobre todo de tierras bajas, determinó para las elecciones nacionales de 1997 y las 397Participación Política2001-2002] 52 Lema, Ana María, De la Huella al Impacto…, p. 235. En 1995 los guaraníes votaron por el MIR, pero en 1999 estaban en tratativas con el MNR. 53 La CCISM estableció un acuerdo con ADN y luego rompió el pacto y se postuló con el MAS. No consiguió incorporar ningún candidato en el gobierno municipal. 54 13 concejales titulares y 17 suplentes. 55 En el municipio de Urubichá, cuya población es guaraya, cuatro de cinco concejales fueron alcaldes en un mismo período. municipales de 1999, participar en las mismas de manera orgánica; para ello, conformó a nivel de las organizaciones nacionales, regionales y locales, determinados c o m i t é s políticos, encargados de establecer un relacionamiento y en su caso, negociación con los partidos políticos que estén interesados en incorporar en sus listas de candidatos a representantes indígenas, cualquiera sea su orientación polí- tica, tal como refiere Lema “la ideología no importa, en la mayoría de los casos: uno iba con el partido que hacía la primera oferta, o la mejor”52. En otros casos, influyó la orientación política de los asesores de las organizaciones indígenas, que facilitaron alianzas con partidos de su propia militancia política o simpatía53. A pesar de estas dificultades y tropiezos la participación indígena aumentó considerablemente, situación que se refleja mejor en el nivel municipal, cuyos representantes consiguieron llegar a diferentes gobiernos municipales, totalizando 437 entre indígenas y campesinos, constituyendo cerca de un 30% del total de cargos sometidos a elección (Ver anexo 4). Sin embargo a nivel intermedio- como vemos en el cuadro, tomando en cuenta el departamento de Santa Cruz, que contiene a 4 importantes etnias: chiquitanos, ayoreodes, guarayos y guaraníes, se puede establecer que del total de 64 concejales electos, sólo 3054 pertenecen a los referidos pueblos indígenas; 10 guaraníes, 8 chiquitanos y 12 guarayos, de los cuales 855 llegaron a ser alcaldes, aunque en períodos cortos -un año-. Revista IIDH398 [Vol. 34-35 Cuadro No. 5 Concejales campesinos e indígenas del departamento de Santa Cruz, 1995 Si consideramos el mismo departamento, pero en las elecciones municipales de 1999, tenemos los siguientes resultados: Cuadro No. 6 Concejales indígenas del departamento de Santa Cruz, 1999 El cuadro precedente muestra un incremento substancial de concejales indígenas electos, con relación a las anteriores elecciones municipales. Cada vez hay más rostros indígenas en los Concejos municipales, aunque es bueno precisar que sólo 2 son Alcaldes y 5 son Presidente de Concejos Municipales. De igual modo la participación de los electores desde la aplicación de la Ley de Participación Popular se ha incre- mentado notoriamente, como vemos en el Cuadro No. 7 siguiente, que mide la inscripción y la emisión del voto: [Fuente: elaboración propia en base datos CNE.] 399Participación Política2001-2002] Cuadro No. 7 A nivel local los candidatos indígenas que se postularon en las elecciones municipales de 1999 fue superior al número de postulaciones efectuadas en las de 1995, lo demuestra que hubo mayor participación; por ejemplo, sólo en 3, de los 4 municipios de la provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz -que nos sirve de ejemplo-, los candidatos indígenas sumaban 28 personas. Constatamos de igual forma, la diversidad de partidos políticos que postularon a candidatos indígenas; partidos que van de izquierda a derecha, pasando por el centro. Nótese que de los partidos con representación parlamentaria, en los que se ha especializado la ciudadanía, todos sin excepción, tienen algún concejal de origen indígena; esa situación lejos de considerarse como una apertura de los partidos políticos a la población mayoritaria, responde a la necesidad del movimiento indígena de acceder al poder público para mejorar sus condiciones de vida, en el que no importa la ideología del partido, sino la mejor oferta de espacios en las listas en lugares de privilegio, quién llegó primero o todos a la vez, como el caso del municipio de San Antonio de Lomerío. [Fuente: elaboración propia en base datos CNE.] Revista IIDH400 [Vol. 34-35 56 Alvarez M., José Antonio, “Ley 1551 de Participación Popular…”, págs. 34,35. 57 Vadillo citado por Alvarez, Ibid. p. 36. Distritos municipales Los distritos municipales indígenas, como ya hemos visto, surgen bajo el paraguas de la Ley de Participación Popular y constituyen unidades administrativas, desconcentradas del gobierno municipal, que promueven y articulan a las organizaciones territoriales de base con el órgano público, mantienen la unidad socio cultural de éstas en la jurisdicción del distrito, con la finalidad de administrar mejor el territorio y la prestación de los servicios públicos colectivos. En el distrito indígena se respeta las propias formas de elección y representación de las unidades socio culturales, lo que permite que la autoridad tradicional asuma las funciones de subalcalde del distrito municipal56. Los distritos indígenas presentan tres características básicas: a) La jurisdicción debe estar en correspondencia con la población étnica y su organización social, aún si abarca varias secciones, provincias o departamento, b) Se respeta sus propias formas de elección y representación y c) La autoridad tradicional o quién la comunidad decida, asume las funciones de subalcalde del distrito municipal57. Estas unidades de administración territorial puede coincidir con la jurisdicción de las comunidades y org a n i z a c i o n e s indígenas, o si éstas abarcan más de un municipio promover mancomunidades municipales para no romper la unidad socio cultural o fragmentar la organización. En todo caso, se elegirá un solo subalcalde surgido de las comunidades o propuesto por ellas. La modalidad del distrito municipal, acerca el poder público al indígena y constituye una verdadera escuela de formación de la gestión municipal. 401Participación Política2001-2002] 58 El caso del distrito mancomunado de kaipipendi Karovaicho, en los municipios de Gutiérrez y Charagua. 59 El Comité de Vigilancia es la instancia de control social que articula y vigila la eficiente prestación de los servicios y obras públicas. El modelo de Distritos Municipales Indígenas plantea soluciones posibles en relación a la frecuente no correspon- dencia entre la división político administrativa y las jurisdicciones territoriales de las unidades socio culturales. El distrito puede servir como un medio para ajustar las divisiones cantonales que históricamente fueron muy arbitrarias en la mayoría de los casos. También, permite unir las unidades socio culturales que han sido divididas entre dos o más municipios, pr